Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
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Henao Arias, Darío Andrés | 2021-12-07
spa:Es importante recordar que la Constitución Política enmarca los fines que persigue el estado, fines que impactan todo el ordenamiento jurídico y como no, la materialización del derecho concursal en Colombia a través de la Ley 1116 de 2006 que establece el régimen de insolvencia empresarial. La relación entre la Constitución Política y el derecho concursal, convergen en la empresa y la relevancia de la que el legislador le ha revestido en ambos cuerpos normativos, así lo resalta la doctrina haciendo alusión al derecho concursal a la luz de la Constitución. El derecho concursal se define en función de la empresa, y sobre todo de acuerdo con el sentido y las tareas que la misma Constitución Política le atribuye, como motor de la economía, fuente generadora de empleo, punto de convergencia entre el capital y el trabajo, etc. La empresa, en este sentido, abarca un conjunto de intereses que no se limitan a los del empresario, ni a los de sus acreedores; por el contrario, se trata de un interés superior, que involucra el correcto funcionamiento de la economía y las finalidades sociales del Estado (Espitia J. J., El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución, 2008). Por otro lado y en cuanto a la tarea por identificar la eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso, resulta necesario realizar un abordaje de esta temática en tres etapas, toda vez que en cada una de ellas se develará información que conduzca de forma asertiva a identificar si el juez del concurso tiene a su disposición y además hace uso de principios cuyas posibles características y elementos les proveen de eficacia para resolver controversias. Las etapas a abordar, correspondientes cada una de ellas a un capítulo, serán concernientes a: en primer lugar, distinguir las características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano, en segundo lugar describir la capacidad de los principios objeto de estudio de resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso y finalmente identificar la importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios en términos de aplicación. Frente a la distinción de las características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano, es importante señalar que cada uno de estos principios ha sido desarrollado en mayor o menor medida en cuanto a su composición y utilidad, y es el objetivo específico del Capítulo I, señalar que elementos y características hacen de cada principio un elemento útil para direccionar las actuaciones dentro del proceso de insolvencia. En lo que refiere a la capacidad de los principios objeto de estudio de resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso, va más allá de la identificación de sus elementos y características, que al haber sido identificadas en el Capítulo II, será en el Capítulo II donde se evidencie su capacidad para resolver controversias propias de la naturaleza de los procesos de insolvencia. Finalmente y frente a la identificación de la importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios en términos de aplicación, resultará indispensable abordar el Capítulo III de manera preponderante en lo que respecta a la jurisprudencia concursal, pues es allí donde se identificará si realmente el juez del concurso tiene en cuenta los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial en la toma de sus de sus decisiones y si a partir de los elementos y características de estos principios, el juez del concurso resuelve controversias propias de los procesos de insolvencia. Es importante advertir, que a lo largo de todo el trabajo, pero con especial énfasis en el Capítulo III, la aplicación del artículo 230º de la Constitución Política representa un eje fundamental para la comprensión de la relevancia de los principios del Régimen de Insolvencia Empresarial en la toma de decisiones por parte del juez del concurso, pues como lo menciona el citado artículo, el juez en la toma de sus decisiones solo está sometido al imperio de la Ley, sin embargo, en armónica interpretación con el inciso final del referido precepto constitucional, el juez del concurso a lo largo de los procesos de insolvencia empresarial hace amplio uso de los principios como criterio auxiliar de la actividad judicial para fundamentar sus decisiones.
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